Entremedios · Puertollano · El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Ciudad Real ha fallado a favor de los vecinos de la urbanización ‘Ciudad Jardín’ de Puertollano, anulando la licencia por la que el Ayuntamiento autorizaba el funcionamiento del horno crematorio que empezó a funcionar el pasado año en el tanatorio ubicado junto a la carretera de Almodóvar del Campo.
Así lo ha dado a conocer este miércoles 5 de enero en rueda de prensa la presidenta de la Asociación de Vecinos ‘Fernando el Santo-Ciudad Jardín’, Mari Trini Sánchez Pérez quien junto a otros afectados, ha comparecido ante los medios de comunicación.
Como ha explicado Sánchez Pérez, la sentencia reconoce “el derecho que tenemos a vivir en una zona libre de humos, libre de tóxicos, en una zona dotacional, residencial y no tenemos que tolerar que haya una actividad casi industrial que es un horno crematorio”.
No son términos suyos, sino que vienen recogidos en el citado fallo que firma el juez Benjamín Sánchez Fernández y que, ante la inexistencia de una ordenanza municipal en materia de hornos crematorios, ha basado su decisión en el Decreto 72/1999 de la Junta de Comunidades de Sanidad Mortuoria.
Conforme a dicha normativa, como recoge explícitamente el texto judicial, es “bastante evidente que los requisitos para el tanatorio y para el crematorio son diferentes”.
En el segundo caso, recuerda el juez, se generan “residuos potencialmente peligrosos”, enfatizando que todo crematorio “supone la aplicación de procedimientos propios de actividades industriales o cuasi industriales sobre los restos humanos para su cremación”.
Los vecinos recuerdan que la ubicación de sus viviendas es muy anterior a la puesta en marcha de este crematorio y “no tenemos por qué respirar un aire contaminado”. Por eso, tras agotar en su día la vía administrativa ante los servicios municipales, daban el paso de recurrir la concesión de esta licencia el 23 de septiembre de 2015. Recientemente, el pasado 28 de diciembre, se conocía la decisión judicial.
Un fallo que, a tenor de su contenido, confían en que no sea recurrido en instancia superior por la administración. Además, instan a los representantes municipales para que, simplemente, cumplan la ley al igual que a los ciudadanos “se nos exige el cumplimiento de la misma”.
La presidenta de ‘Fernando el Santo-Ciudad Jardín’, que junto al resto de afectados confía en que la actividad crematoria pueda cesar cuanto antes, señala que el colectivo en general mantiene una relación cordial con el equipo de Gobierno.
“Pero una cosa no quita a la otra”, reconoce también la Junta Directiva y por eso esperan que los técnicos municipales “se ajusten a derecho”.
En el Cementerio o aledaños
En la sentencia y siguiendo las directrices de la normativa castellano-manchega antes referida, se explicita en su artículo 26 que los crematorios “deberán estar situados en cementerios o en edificios anexos a ellos y, si esto no fuera viable, en el lugar más próximo posible”.
Es algo que en su día valoró el entonces equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Puertollano, aunque como cita la sentencia, el servicio de Intervención consistorial alegó que un crematorio de iniciativa pública “no sería viable económicamente”, si bien el arquitecto municipal recomendó ofrecerlo a promotores privados.
Todo ello se recoge en el fallo, donde se abunda que esta alternativa sí debería haberse ahora contemplado “pues a la empresa privada no le está vetado, conforme a norma alguna, ninguna fuente de financiación y crédito”, aconsejando que el servicio en esta ubicación podría haber dado cobertura también a otras poblaciones.
Por lo demás, la sentencia viene a desentrañar la tramitación que “de una manera enormemente confusa y que lleva a no pocos equívocos” siguió para conceder la licencia de crematorio ahora anulada el Ayuntamiento de Puertollano y que, por otro lado, ha de hacer frente también a las costas de este procedimiento judicial.
Desde la Asociación de Vecinos ‘Fernando el Santo-Ciudad Jardín’ se agradece expresamente la labor desarrollada por el bufete de Dámaso Arcediano y José Manuel Morales.