La provincia de Ciudad Real, junto a la de Albacete y Toledo han conseguido progresar en la desescalada y pasan a la Fase 1

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La provincia de Ciudad Real, junto a la de Albacete y Toledo han conseguido progresar en la desescalada y pasan a la Fase 1, algo que ya habían hecho Cuenca y Guadalajara el pasado 11 de mayo, con lo que toda Castilla La Mancha se encuentra en dicha fase.  Lo que supone una relajación de las normas de confinamiento y la reapertura, limitada, de los negocios hosteleros y pequeños comercios, entre otras cosas.

Miguel Ramón Puentes Núñez · El pasado 11 de mayo las provincias de Cuenca y Guadalajara se incorporaron a la Fase 1 del Plan para la Transición hacia una nueva normalidad, algo que realizarán el próximo lunes 18 de mayo las provincias de Albacete, Ciudad Real y Toledo. Desde el Gobierno de Castilla La Mancha se recomienda extremar las principales medidas de protección: Distancia de seguridad de dos metros, lavado frecuente de manos y uso de mascarilla.

En dicha Fase 1 los ciudadanos tendrán una mayor libertad de circulación lo que supone que se podrán realizar las primeras reuniones de familiares y amigos, siempre que no se supere la decena de personas, además de permitir la reapertura de terrazas de bares, comercios y la celebración de cultos religiosos y actividades culturales, aunque limitadas en el aforo.

Aun así, hay importantes limitaciones en lo que a movilidad concierne, los desplazamientos quedan restringidos a la provincia donde se resida. Los ciudadanos pueden desplazarse a cualquier lugar dentro de la propia provincia, pero no se pueden trasladar a otras zonas de España, salvo que exista una justificación por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad. Se permite la movilidad a una segunda vivienda dentro de la misma provincia donde se resida.

También hay mayor flexibilización en el uso del coche de tal manera que ya no hay un máximo de dos personas, sino que pueden viajar en el mismo vehículo lo que el mismo permita, siempre y cuando sean convivientes; en caso de no vivir en la misma casa, tendrán que llevar mascarillas y solo podrá haber dos ocupantes por cada fila de asientos. Cambia también el motivo de los desplazamientos en coche particular, ya que una vez en esta fase, se puede utilizar para desplazarse a visitar a un familiar, para las reuniones con amigos o para acudir a cualquiera de las actividades permitidas en la misma sin necesidad de justificación. El límite en este caso será la provincia.

En lo que a las reuniones se refieren, se permitirá el contacto social hasta un máximo de 10 personas, manteniendo la distancia de seguridad de dos metros y, en su defecto, establecer medidas de protección física, además de higiene de manos y mascarilla respiratoria. Estas reuniones se podrán tener en domicilios particulares o en las terrazas de los establecimientos hosteleros con hasta un 50% de ocupación.

En cada mesa o agrupación de mesas podrá haber como máximo 10 personas, manteniéndose la distancia física de, al menos, dos metros entre las mesas, así como respetando la distancia interpersonal. Para lo que se priorizará mantelería de un solo uso, se dispondrá de gel hidroalcohólico con actividad virucida, además se fomentará el uso de tarjeta para efectuar el pago y se evitará el uso de cartas de menú.

Pequeño comercio

El pequeño comercio (hasta 400 metros cuadrados), permitirá la entrada de clientes hasta un máximo del 30% de su aforo, garantizando una distancia mínima de dos metros entre clientes. En el caso de establecimientos distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción. Se establecerá un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

Los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas, sea cual fuere su superficie de exposición,  y las entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal, podrán abrir de nuevo pero solo con cita previa.

 En cuanto a los mercadillos al aire libre se refiere, siempre y cuando así lo decidan los Ayuntamientos correspondientes, y debiendo comunicar esta decisión al órgano competente en materia de sanidad de la comunidad autónoma, podrán proceder a su reapertura dando preferencia a aquellos de productos alimentarios y de primera necesidad y procurando que sobre los productos comercializados en los mismos se garantice su no manipulación por parte de los consumidores. Los Ayuntamientos establecerán requisitos de distanciamiento entre puestos y condiciones de delimitación del mercado con el objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes. En todo caso, se garantizará una limitación al veinticinco por ciento de los puestos habituales o autorizados y una afluencia inferior a un tercio del aforo habitual.

Cultura

En los museos se reduce a un tercio el aforo previsto para visitar la colección permanente y exposiciones temporales. El uso de los elementos para un uso táctil estará inhabilitado, al igual que las audioguías, folletos en sala u otro material análogo. Se recomienda la adquisición de entradas on line y para los espectáculos culturales, se permite la reapertura de locales y establecimientos siempre que no superen un tercio del aforo autorizado. En lugares cerrados, no más de 30 personas y, si son al aire libre, dicho aforo máximo será de 200 personas, siempre que se cumplan las medidas de seguridad.

Abrirán las Bibliotecas para las actividades de préstamo y devolución de obras, lectura en sala, así como para información bibliográfica y bibliotecaria, con reducción del aforo del 30 % y las librerías podrán prestar servicio sin cita previa y con un máximo del 30% del aforo. Se establecerá un horario prioritario para mayores de 65 años.

Velatorios y culto religioso

Los velatorios podrán realizarlos quince personas máximo en espacios al aire libre y 10 personas máximo en espacios cerrados, sean o no convivientes. Para los enterramientos o cremaciones podrán estar presentes un máximo de 15 personas, entre familiares y allegados y los lugares de culto tendrán un aforo máximo de un tercio, respetando la distancia de seguridad de, al menos, un metro de distancia y uso de mascarilla.

En todo caso se pondrá a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con capacidad virucida autorizados, está prohibida la utilización del agua bendecida, así como se evitará la distribución de cualquier tipo de objeto, libros o folletos; tocar o besar objetos de devoción u otros y la actuación de coros.

Actividades deportivas

La utilización de los Centros de Alto Rendimiento, están limitados a los deportistas integrados en los programas aprobados, los deportistas de Alto Nivel (DAN), los deportistas de Alto Rendimiento (DAR) y los reconocidos de interés nacional por el Consejo Superior de Deportes. Podrán acceder al Centro de entrenamiento más cercano a su residencia de su provincia. Si no hubiera, podrán acceder a otro de su comunidad autónoma, y si tampoco lo hubiera, al que esté situado en una comunidad autónoma limítrofe.

Los clubes deportivos o Sociedades Anónimas Deportivas, podrán desarrollar entrenamientos en grupos de hasta un máximo de 10 deportistas, evitando superar el 30% de la capacidad de la instalación deportiva.

Las instalaciones deportivas al aire libre, se usarán mediante cita previa para la práctica deportiva individual o aquellas prácticas que se puedan desarrollar por un máximo de dos personas y con un límite del 30 % de capacidad de aforo y la actividad deportiva individual en centros deportivos, tendrá que ser bajo cita previa, atención individualizada, no pudiendo superar el 30% del aforo de usuarios. No se abrirán los vestuarios y zonas de duchas.

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