La Guardia Civil ha investigado durante los últimas cuarenta y ocho horas a dos personas de 33 y 56 años de edad, por la comisión de sendos delitos contra la seguridad vial.
En la mañana del pasado domingo, la Guardia Civil tuvo conocimiento de que en el kilómetro 47,800 de la carretera CM-3124 (Pozoamargo-Ledaña), término municipal de Ledaña, se había producido un accidente de circulación consistente en la colisión por embestida frontolateral entre dos vehículos .
Una patrulla del Destacamento de Tráfico de la Guardia Civil de Motilla del Palancar se trasladó al lugar de los hechos, comprobando que en el accidente además de daños materiales, uno de los conductores de los vehículos implicados podría encontrase bajo la influencia de las bebidas alcohólicas.
Se realizó la pertinente prueba de alcoholemia al conductor, un varón de 33 años, que arrojó un resultado de 0,84 mg/l de alcohol en aire espirado, por lo que la Guardia Civil le atribuyó un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
De todo ello, el Equipo de Atestados de Las Pedroñeras instruyó las pertinentes diligencias policiales, las cuales fueron remitidas al Juzgado de Guardia de Motilla del Palancar.
El segundo suceso, tuvo lugar durante la mañana del pasado día 8, cuando efectivos del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Cuenca identificaron en el kilómetro 379,800 de la carretera N-420 (Montoro –Reus), dentro del término municipal de La Almarcha (Cuenca), al conductor de un vehículo, por una infracción al Reglamento General de Circulación y observar que el mismo podría encontrarse bajo la influencia de las bebidas alcohólicas.
Se realizó la pertinente prueba de alcoholemia al conductor, un varón de 56 años, que arrojó un resultado de 1,27 mg/l de alcohol en aire espirado, por lo que la Guardia Civil le atribuyó un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas
Por tales hechos, se instruyeron las pertinentes diligencias policiales que fueron remitidas al Juzgado de Guardia de San Clemente.
La Guardia Civil recuerda que la tasa máxima con la que se puede conducir un vehículo, con carácter general, está establecida en 0’25 mg/l. de alcohol en aire espirado.